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Billeteras electrónicas

Nov 24, 2020 | Noticias | 0 Comentarios

Después de haberlo anunciado en julio, finalmente la AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones con billeteras electrónicas, como Mercado Pago o Todo Pago. El objetivo, aseguraron, es poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito.

Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Esos montos son similares a los establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.

De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado.

Quedarán exentas de esta medida las microempresas registradas ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las “Potenciales Micro Empresas” en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria, indicó la AFIP en un comunicado.